Según lo indicado en el Artículo Nº 11 de la Ordenanza Nº 6/99 (DPSN)
el cual habilita la gestión de la inscripción y/o renovación de certificados
náuticos deportivos a los socios con intervención de sus respectivos Clubes,
la PNA ha autorizado al YCR a realizar por secretaría trámites correspondientes
a renovación de carnet de timonel exclusivamente para socios.
Los interesados deberá presentar la siguiente documentación.
1.- Certificado médico que acredite aptitud psicofísica y audiovisual para el ejercicio
de la navegación deportiva, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 402.0409
del REGINAVE.
Membrete de la clínica / hospital / o profesional.
Lugar y fecha
Certifico que el Sr.___________________D.N.I._________se encuentra en
condiciones psicofísicas y audiovisuales para la práctica de la navegación
deportiva.
Su grupo sanguíneo es:______________
Dr___________________________
Puede ser extendido por facultativos privados o pertenecientes a
Instituciones Oficiales.
Debe constar el grupo sanguíneo y factor rhesus.
2.- Entregar tres fotografías color, fondo celeste, de 35mm x 35mm
de frente, actualizadas y sin anteojos, salvo que los mismos sean recetados
para su uso permanente.
3. Haber aprobado los exámenes correspondientes en la Prefectura o en un
Club Náutico. Para este último caso deberá presentarse con fotocopia del acta
en la que conste que rindió los exámenes satisfactoriamente, para la categoría
que aspira. En el caso de que el carnet sea anterior que el año 89/90 sin renovaciones posteriores deberá volver a realizar el curso correspondiente a la categoría solicitada. En el caso de que haya sido extraviado deberá presentar constancia expedida por Policia Federal.
Canet y fotocopia del mismo de ambos lados. (renovación)
4.- Presentar el Documento Nacional de Identidad. (Con fotocopia del mismo)
(1.2.3 hojas)
5.- Autorización a nombre de la secretaria del YCR para gestionar el carnet
de habilitación náutica.
6.- Las personas de Nacionalidad Argentina presentaran el Documento
Nacional de Identidad (D.N.I) o Libreta de Enrolamiento (L.E) o Libreta Cívica
(L.C). Las personas de Nacionalidad extranjera que no posean (D.N.I)
presentarán indefectiblemente Pasaporte.
7.- El costo por emisión de PNA tendrá un valor de Pesos Treinta y Cinco
($ 35,00)
8.- Impuesto o servicio a nombre del titular (fotocopia)
9.- Gastos Administrativos $20.00-
10.- Manual Conductor Náutico
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